miércoles, 24 de julio de 2013

Admiten acción de amparo en contra de “Ley de Desarme Civil”

Luego de la presentación de aproximadamente 100 acciones de amparo por diferentes miembros de la Coalición por un Perú libre de armas ILEGALES, algunas de las cuales han sido denegadas o declaradas inadmisibles, finalmente el Quinto Juzgado Especializado en lo Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima admitió la acción de amparo presentada por el Dr. Guillermo Morote E., en representación de uno de los directivos de la Asociación de Tiro Defensivo del Perú, contra el Ministerio del Interior.

Esta acción de amparo busca dejar sin efecto el Decreto Supremo N° 006–2013–IN del 12 de Abril de 2013, norma absolutamente arbitraria, contradictoria y hasta improvisada, puesto que mezcla, modifica y hace referencia a diversas normas legales, tratando de remediar algunas de las irregulares disposiciones que se emitieron en un intento de conseguir un mejor control sobre las armas en manos de usuarios civiles, algunos de los cuales se encontraban (y muchos aun se encuentran) con licencias vencidas por lo engorroso y costoso de los trámites modificados por el ejecutivo para la renovación de las licencias vencidas, así como de la obtención de nuevas licencias de armas de fuego por parte de civiles.

Los miembros de la Coalición por un Perú libre de armas ILEGALES confían en que esta acción será la primera de muchas que serán admitidas en reconocimiento de la violación de los derechos constitucionales de las personas que se viene dando en estos momentos. “Comprendemos y estamos en contra de la ola de delincuencia que se viene desarrollando en nuestro país, pero desarmar a los civiles no solucionará el problema, solo lo incrementará”, señaló Rodrigo López, vocero de la Coalición.

Mediante este amparo se alega afectación a su derecho a la propiedad, a la libertad de  contratación, a la no discriminación, entre otros, sustentando su demanda en los siguientes hechos fundamentalmente:
  1. Es propietario de diversas armas de fuego que fueron  adquiridas lícitamente.
  2. Las normas que cuestionan son autoaplicativas, pues sus efectos de aplicación inmediata e incondicional, desde que la sexta disposición complementaria transitoria del Decreto Supremo: 0006-2013-IN, le obliga a transferir sus armas de manera forzada y sólo a los miembros de la Policía y de las fuerzas armadas.
  3. También se afecta su derecho de propiedad debido a que se le obliga a vender su arma sin que ello sea su intención y aplicándose normas de forma retroactiva.
  4. Finalmente, señala que se le pretende confiscar su propiedad (bien mueble) sin que exista ley que permita eso, por lo que considera inconstitucional el reglamento que cuestiona. 

La Coalición por un Perú libre de armas ILEGALES espera que los jueces responsables actúen con total independencia en este caso.

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